Pago de Tasa de Sellado de Mesa de Entrada
Según lo establecido en la Ley XXIV-Nro-110, el artículo 82 inciso “o” fija valores en módulos de conceptos de “Tasa de Sellado de Mesa de Entrada”.
¿Quiénes deben cumplimentar con este artículo?
Todos los usuarios que deban presentar documentación en la Secretaría.
¿Qué tasa se debe abonar?
Ingresando al siguiente link de la Ley de Obligaciones tributarias XXIV-Nro-110, el artículo 82 inciso “o” puede hallar la indicación de los módulos a abonar (para el año 2025 es de 200 módulos, equivalente a $2.400,00).
¿Cómo se debe hacer para abonar la Tasa?
Ingresando al siguiente link https://servicios.dgrchubut.gov.ar/modulos/tasas.php, complete sus datos personales y luego los datos del importe, donde deberá:
- Organismo: seleccionar la opción “O – Secretaría de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable”.
- Concepto: seleccionar la opción “Otras Tasas”.
- Categoría: seleccionar la opción “Tasa sellado mesa de entrada” (se encuentra casi al final del listado que se despliega).
NOTA: Para emitir más de una boleta, presione tantas veces como sea necesario el botón “GENERAR BOLETA”.
¿Dónde me comunico ante cualquier duda?
- Si tenés dudas o consultas respecto a los trámites a realizar, comunicarse al mail comunicacion.ambiente@chubut.gov.ar.
