Inscripción en el Registro Provincial de Generadores, Operadores y Transportistas de Neumáticos Fuera de Uso (NFU)
Descripción del trámite:
Inscripción por primera vez en el Registro Provincial de Generadores, Operadores y Transportistas de Neumáticos Fuera de Uso (NFU) (Resolución N°39/24-SAyCDS)
Realiza este trámite si nunca iniciaste la inscripción ante la Dirección de Control Operativo Ambiental, de la Secretaría de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable, o si la iniciaste sin haber logrado obtener el registro en un expediente anterior.
¿A quién está dirigido?
Al Generador de Neumáticos fuera de uso, es toda persona humana o jurídica, pública o privada, responsable de la puesta en el mercado dentro del ámbito de la provincia del Chubut de neumáticos, que se utilicen en todo tipo de vehículos, como automóviles, colectivos, camionetas, camiones, acoplados de camiones, maquinaria agrícola y minera, entre otros. (art. 8°)
Al Transportista de Neumáticos fuera de uso, es toda persona humana o jurídica, responsable de la actividad específica de transporte dentro del proceso de gestión integral de estos residuos. (art. 12°)
Al Operador de Neumáticos fuera de uso, es toda persona humana o jurídica, responsable de la gestión integral de NFU, incluyendo las actividades interdependientes y complementarias entre si destinadas a recuperar, clasificar, almacenar, valorizar, reutilizar, reciclar, tratar y/o dar disposición final a los NFU y sus residuos remanentes o descartes. (art. 15°)
¿Qué información necesito?
- Nota solicitando la inscripción. (Descargar modelo de nota)
- Formulario de Declaración Jurada correspondiente GENERADOR / OPERADOR / TRANSPORTISTA
- Cálculo de Nivel de complejidad Ambiental.
- Póliza de Seguro Ambiental, acorde al Artículo 22 de la Ley General del Ambiente N° 25.675
- Documentación Respaldatoria en cumplimiento a la documentación solicitada en la declaración jurada.
- Deberá cumplir con las obligaciones tributarias correspondientes. Ley XXIV N°110, art 80° inc. “d.1” (pago de
Tasa inscripción en el registro) y art. 82° inc. “o” (Pago de tasa de sellado de mesa de entrada) - TRANSPORTISTA, deben tener los manifiestos de transporte completos. (Descargar modelo de manifiesto)
