
La Secretaría de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable fue creada por Ley I N° 764, la cual modifica la Ley de Ministerios
Ley I N° 667 estableciendo que:
Compete a la Secretaría de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable asistir al señor Gobernador de la Provincia en la definición e implementación de política ambiental y la gestión ambiental en la Provincia del Chubut y en particular:
La articulación de la gestión ambiental en el ámbito provincial, en el marco de la legislación ambiental vigente;
El establecimiento de las estrategias conjuntas para la planificación y el ordenamiento ambiental en el territorio provincial, en cuanto a la localización de actividades productivas de bienes y/o servicios, en el aprovechamiento de los recursos naturales y en la localización y regulación de los asentamientos humanos;
La preservación, conservación, protección, defensa y mejoramiento del ambiente y de los recursos naturales, renovables y no renovables;
El control y fiscalización de la utilización racional y aprovechamiento de los recursos naturales, renovables y no renovables, en el marco del proceso de crecimiento compatible con la preservación del ambiente;
La elaboración y actualización permanente del diagnóstico de la situación ambiental provincial en forma coordinada con organismos nacionales, provinciales y municipales;
La elaboración y actualización permanente del diagnóstico de la situación ambiental provincial en forma coordinada con organismos nacionales, provinciales y municipales;
El establecimiento de metodologías de evaluación y control de la calidad ambiental, en los asentamientos humanos así como la formulación y aplicación de indicadores y pautas que permitan conocer el uso sustentable de los recursos naturales;
El establecimiento de un sistema de información pública provincial sobre el estado del ambiente y sobre las políticas que se desarrollan;
La implementación de herramientas de educación ambiental, en coordinación con el Ministerio de Educación, a través de planes, programas y/o acciones con el objetivo de promover las temáticas ambientales a nivel regional;
Las relaciones con organizaciones no gubernamentales, vinculadas al ambiente, tendiendo al fortalecimiento de los mecanismos de participación ciudadana en materia ambiental, motivando a los miembros de la sociedad, para que formulen sugerencias y tomen iniciativas para la protección del medio en que viven;
La aplicación de los tratados provinciales, nacionales e internacionales relacionados con los temas de su competencia e intervención en la formulación de convenios relacionados con temas de su competencia;
La conducción de la gestión y obtención de cooperación técnica y financiera nacional e internacional, que la Nación, otros países u organismos internacionales ofrezcan, a los fines del cumplimiento de los objetivos y políticas impulsadas por el Ministerio;
El control de la gestión ambientalmente adecuada de los recursos hídricos e hidrogeológicos;
El control y fiscalización de los Planes de Gestión Ambiental;
La supervisión de las políticas de evaluación y remediación del impacto ambiental de las actividades hidrocarburífera y minera en todas sus etapas, en coordinación con otras áreas del Estado;
La coordinación e impulso de planes y acciones con organismos de la Administración Pública Nacional, Provincial y Municipal competentes, que entiendan en el saneamiento, preservación, conservación, protección, defensa y mejoramiento ambiental de la Provincia.
La coordinación de las políticas del Gobierno Provincial que tengan impacto en la política ambiental, planificando la inserción de ésta en los Ministerios y demás áreas de la Administración Pública Provincial;